¿Para qué se realiza?
Este trámite es un requisito exigido por el Artículo 1º de la Ley 7438, previo a la realización de escrituras públicas de transferencia de inmuebles o constitución de derechos reales.
Guía de trámites | Certificados de escribanía
Certificados de escribanía
• Certificados de Escribanía en original y copia adjuntando estado parcelario*.
La Constitución de Estado Parcelario registra el estado de hecho general de una parcela. Posee una vigencia determinada, dependiendo de la característica del inmueble.
¿Cuando se realiza un estado parcelario?
Siempre que no esté vigente, se efectúa como paso previo a toda transmisión o modificación en la titularidad de dominio.
¿Para qué se realiza?
Este trámite es un requisito exigido por el Artículo 1º de la Ley 7438, previo a la realización de escrituras públicas de transferencia de inmuebles o constitución de derechos reales.
¿Quién puede realizar el trámite?
• Escribano Público
• Gestor habilitado por la Escribanía
• Titular del inmueble.
¿Donde dirigirse?
Palacio Municipal - Sector Catastro
Avellaneda Nº 51, 1 º Piso - Ezeiza
Lunes a viernes de 8.00 a 14.00
¿Qué tener en cuenta?
¿Qué pasos seguir?
• Iniciar el trámite presentando la documentación requerida en Catastro (1º Piso)
• Retirar el certificado en la Secretaría de Ingresos Municipales (P.B.)
Importante: Comprobante de inicio de trámite
Como comprobante de inicio del trámite, recibirás el duplicado del Certificado ingresado con su número de identificación, sellado con la fecha de ingreso, sector presentado y firma del funcionario actuante.
¿Qué costo tiene?
• Certificado simple (c/u): $ 758
• Certificado urgente (c/u): $ 1516
• Certificado de catastro: $ 181,92
• Envío simple: $ 189,50
• Envío certificado: $ 568,50
¿Cuánto demora el trámite?
Los trámites urgentes se realizan en cinco (5) días hábiles.
Los simples, diez (10) días hábiles.